FAL: nueva prórroga al 1 de diciembre y qué hacer mientras tanto
El Decreto 1228/2026 postergó otra vez el Fondo de Asistencia Laboral de la Ley 27.802: ahora empieza a regir el 1 de diciembre de 2026.
Qué cambió
Es la segunda postergación: el inicio estaba previsto para el 1 de junio y luego para el 1 de noviembre de 2026. El decreto también amplió el período de carencia de 6 a 12 meses, contados desde que ARCA registre la primera contribución del empleador al fondo.
Qué es
Un fondo de cada empleador, administrado a través de entidades habilitadas por la CNV, que recibe aportes mensuales calculados sobre la nómina: 1% en grandes empresas y 2,5% en MiPyMEs.
Qué conviene hacer con el tiempo extra
Elegir una entidad habilitada por la CNV, seleccionar el vehículo de inversión, abrir la cuenta individual y obtener el ID FAL, e informarlo a ARCA para que los aportes se deriven a esa cuenta.
Si no se hace a tiempo
Si el empleador no informa un ID FAL válido, la normativa prevé que la CNV asigne un vehículo de oficio. Conviene elegirlo antes y no dejarlo librado a esa asignación.
Qué conviene tener a mano
- Nómina y categoría de empresa (MiPyME o grande)
- Datos de la entidad elegida
- Acceso a los servicios de ARCA del empleador
Información general; cada caso requiere análisis particular.